Ley marco de cambios internacionales.
Régimen Procedimental y Sancionatorio aplicable a los profesionales del cambio.
Por la cual se impone a los profesionales del cambio la obligación de reportar de manera directa a la Unidad de Análisis Financiero
Por la cual se compendia y modifica el régimen de cambios internacionales.
“Por la cual se modifica la Resolución Externa No. l de 2018” DCIP 83 del 2021.
https://www.banrep.gov.co/es/normatividad/resolucion-externa-1-2018
Por la cual se establecen los requisitos, las condiciones y el procedimiento para acceder al registro de profesionales de compra y venta de divisas y cheques de viajero; se señalan los requisitos y el trámite de las solicitudes de acreditación como corresponsal cambiario y se indica el SARLAFT- FPADM para la actividad de los profesionales de cambio.
Disposiciones relativas al Régimen General de Protección de Datos Personales
Viajero, ejecutivo, empresario.
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